En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por el ciudadano JAVIER LOPEZ PRUNES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-7.077.741, y de este domicilio, debidamente asistido por la abogada en ejercicio ELIMAR BERMÚDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-13.899.213, inscrita en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el número I.P.S.A Nro. 233.486; a tenor de lo dispuesto en la sentencia N° 1070 dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 09 de diciembre de 2016, con ponencia del.....