DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Sala Accidental N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SE DECLARA LA NULIDAD DE OFICIO POR INMOTIVACIÒN DE LA SENTENCIA MIXTA dictada en fecha 02 de Mayo de 2025 y publicado su texto íntegro en fecha 01 de Julio del 2025, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal signado con el N° CI-2020-343626, la cual se describe en los siguientes términos: para el acusado KLEIBER ARMANDO MENDOZA BLANCO, SENTENCIA ABSOLUTORIA por la comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal y ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terroris.....