RPRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA:
Con relación a los capítulos I y II: Se admiten las documentales promovidas y ratificadas en cuanto ha lugar en derecho, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.
Con relación a las Pruebas Testimoniales: Con relación al Capítulo II, promueve a los ciudadanos: Richard Alberto Garmendia Lozada, Zoraida Lisbeth Salazar Márquez y Laura Dallana Silva Machado, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 3.609.565, V- 7.152.203 y V- 18.344.777, respectivamente, este Tribunal no admite las testimoniales en virtud de que la parte promovente de los mismos, no señaló el domicilio de éstos, de conformidad con lo establecido en el artículo 482 del Código de Procedimiento Civil.
Posiciones Juradas: con relación al capítulo IV, se inadmiten las posiciones juradas promovidas, por cuanto la parte promovente no manifestó estar dispuesta a comparecer al Tribunal a absolverlas recíprocamente a la contraria,.....