Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1. PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa, contenida en el numeral 4° del Artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, opuesta por la abogada NEREYDA DEL VALLE ROSALES CARMONA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 51.261, en su carácter de Gerente Comercial de la SOCIEDAD MERCANTIL "SEGUROS LOS ANDES C.A.", inscrita en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Primera Instancia Civil y Mercantil del estado Táchira, bajo el N° 30, Tomo 34-ARM I, de fecha 10 de noviembre de 2009, asistida por el abogado GUSTAVO ARISÓSTOMO CAMPOS Y SALAMANCA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 30.875, en el presente juicio por COBRO DE BOLIVARES (VIA EJECUTIVA), incoada por el abogado JOR.....