Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, declara: INADMISIBLE la demanda por cobro de honorarios profesionales intentada por el abogado ORANGEL JOSÉ GIRON CARDOZO contra el ciudadano RENEE BAUER HENSCH, ya identificados.