V
DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: ÚNICO: SIN LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por las apoderadas judiciales de la parte demandada abogadas TANIA ROSA COROMOTO ROSALES y GENNY BELL MARIN MORENO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 73.984 y 102.674 respectivamente, en contra de la decisión dictada en fecha 15 de diciembre de 2025 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, la cual declaró INADMISIBLE la demanda de tercería.
No hay condenatoria en costas procesales dada la naturaleza del presente fallo.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportu.....