Agregado como ha sido el escrito de pruebas presentado por el ciudadano NELSON DE OLIVEIRA DOS SANTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-7.006.414 y con domicilio en el Municipio Bejuma del Estado Carabobo, actuando en su propio nombre y en nombre y representación de la sociedad de comercio PANADERIA LA GRAN PARADA DEL SIGLO XXI, C.A., asistido por la abogada LEONOR MONTILLA GARCIA, inscrita en el instituto de previsión social de abogado bajo el Nro.186.438, parte demandada en la presente causa, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho. Téngase para ser tomado en cuenta en la definitiva.