Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por Reconocimiento de Contenido y Firma interpuesta por la ciudadana Carmen Maritza Ochoa Coronel, titular de la cédula de identidad Nº V-7.162.508, asistida por el abogado Howard José Reyes Colina, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 266.649, contra los ciudadanos Barbará Luz Marina García Ochoa, Deolis Jesús Aponte López y José Efraín Sánchez Rodríguez, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-25.104.738, V-11.101.815 y V-15.109.484, respectivamente.
Regístrese, publíquese la anterior decisión y déjese copia en el copiador de sentencias digital. Líbrese boletas de notificación de la presente decisión a las partes en .....