Por todas las razones expuestas, este TRIBUNAL SÉPTIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a derecho declara:
1. PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO (DESAFECTO) incoada por el ciudadano MILAGROS PARRA FLORES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.871.402, asistido por la abogado ZULEIMA MARILU PINTO GONZÁLEZ inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 54.779, en contra de la ciudadana GLORIA MIGUELINA SUAREZ PAZO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-8.443.258 y en consecuencia se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído por ante Oficina del Registro Civil, Municipio Sucre, Estado Sucre.
2. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio correspondiente una vez firme, a los f.....