III.- DISPOSITIVA
En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, CON SEDE EN MARIARA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO MUTUO CONSENTIMIENTO, interpuesta por los Ciudadanos ALVARO JOSÉ PERAZA SALAS y KELLY REBECA PARRA CASTILLO, venezolanos, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 12.035.412 y N° V-6.348.989, debidamente asistidos por la abogada en ejercicio WENDY MARGARITA CAMACHO URBINA, inscrita en el Inpreabogado bajo Nº 272.977. En consecuencia, SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial contraído el 07 de marzo del año 2003, por ante el Registro Civil de la Parroquia Mariara, del Municipio Diego Ibarra, del Estado Carabobo, según acta de Mat.....