DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado BEATRIZ DE BENITEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No 30.898, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano EDUARDO EMIRO CARVAJAL GARCIA, titular de la cedula de identidad No 4.761.106.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA, por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano EDUARDO EMIRO CARVAJAL GARCIA, ya identificado, contra la empresa TRANSMODAL C.A., y se condena a la referida empresa a pagar al actor la cantidad de Bolívares CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL DIECISIETE CON 56/100, (Bs. 475.017,56).