DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
SEGUNDO: CON LUGAR la apelación de la parte demandada.
TERCERO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 10 de diciembre de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda por cobro de diferencia de horas extras laboradas y beneficio de transporte, incoada por los ciudadanos JOSÉ CASTILLO, PEDRO ORASMA y JORGE OJEDA, ya identificados, contra la empresa INDUSTRIAS DIANA C.A.