DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia y por Autoridad de la Ley DECLARA: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el PEDRO PEÑALOZA inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°. 15.634, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FRANCISCO ANTONIO CEDENO TOVAR, titular de la cédula de identidad N° 1.507.827; y en consecuencia, SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO CEDEÑO TOVAR, ya identificado, contra la sociedad de comercio BOC GASES DE VENEZUELA C.A.