DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la demandante.
SEGUNDO: Por razones de orden publico procesal se revoca la sentencia dictada el 20 de mayo de 2009 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo.
TERCERO: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana IVONNE FUENTES MACIAS contra la empresa BANCO PROVINCIAL, S.A. BANCO UNIVERSAL, en consecuencia se condena a la demandada a cancelar a la actora la cantidad de Bs. Dos Mil Ciento Sesenta con 48/100 (Bs. 2.160,48).