DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la abogado FRANCIS ALFONZO MARIN, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado RAFAEL GODOY RIVOLTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada.
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana ANABEL HERNANDEZ, ya identificada contra la empresa D´LORENZ 2003, C.A. y se le condena a esta cancelar a la actora las cantidades que resulten de la experticia complementaria ordenada en la motiva del presente fallo por concepto de: 55 días de antigüedad; 21,7 días de vacaciones fraccionadas; 10,35 días de bono vacacional fraccionado y 40 días de utilidades