DECISIÓN
Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley declara:
Primero: Competente al Juzgado Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo y Marítimo del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, para conocer la demanda por Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano YULEN JOSE ORTIZ SAAVEDRA, ya identificado, contra la Sociedad de Comercio NO-METALICOS VENTILADOSA C.A. (NOMEVENCA)
Segundo: Se confirma la decisión de fecha 20 de noviembre de 2003, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en Lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Trabajo y