DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado WOLFGANG PEÑA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº- 35.694, actuando en su carácter de apoderado judicial de la empresa NORA GUNS, C.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 13 de febrero del año 2001 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo que declaró SIN LUGAR LA INCIDENCIA DE TACHA PLANTEADA.