DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 31 de julio de 2013, por la Abogada MARIA ALEJANDRA PRATO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 102.624, actuando en su carácter de apoderado judicial de la recurrente que lo es COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA S.A (antes denominada PANAMCO DE VENEZUELA S.A)