DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la apelación de la codemandada Sincrética, C.A.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia de fecha 26 de mayo de 2010 proferida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
TERCERO: Sin lugar la demanda interpuesta por la ciudadana ZAIDE EMILIA LOPEZ SANMIGUEL, titular de la cédula de identidad Nº 13.666.305, contra la Sociedad de Comercio SINCRETICA, S. A. e INVERSORA PARTICIPAR, C.A.