DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado FRANCISCO ARDILES, en su condición de apoderado judicial del accionante, ciudadano JUVENAL MATERANO, ya identificados.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado de que el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo que resulte competente fije oportunidad para la celebración de la audiencia preliminar de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.