este Juzgado Superior Tercero del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado ALBERTO JOSE GARCIA SILVA, anteriormente identificado. Dada la naturaleza de la presente acción, no hay condena en costas. En consecuencia se ordena la remisión de la presente causa al Tribunal de origen, esto es, Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a los fines de que se proceda al archivo del expediente. Así se declara.