DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogado MARIA BELEN DIAZ GALINDEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°- 35.250, en su carácter de apoderada judicial de la empresa DAIMLER CHRYSLER DE VENEZUELA, L.L.C.,
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el Ciudadano JOSE LUIS VILLEGAS, titular de la cedula de identidad No 5.591556, contra la empresa DAIMLERCHRYSLER DE VENEZUELA, L.L.C. y se condena a cancelar al trabajador la cantidad de Bs. Catorce Millones Novecientos Noventa y Siete Mil Trescientos Cincuenta con 00/100 (Bs. 14.997.350,00).