DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada DULCE MARIA RUMBOS VILORIA, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº- 54.777, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora Ciudadana KAYRA MARGARITA SUAREZ CONDE, titular de la cédula de identidad Nº- 12.508.025, contra la decisión dictada en fecha 30 de junio del año 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 30 de junio del año 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo declaró DESISTIDO EL .....