DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ASOCIACIÓN COOPERATIVA "FUERZA MIXTA, R.L."
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil "GENERAL MOTORS DE VENEZUELA, C.A."
TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana GENESIS DEL CARMEN MARCHAN contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA "FUERZA MIXTA, R.L." y la Sociedad de Comercio "GENERAL MOTORS DE VENEZUELA, C.A."
CUARTO: SE CONFIRMA la sentencia recurrida de fecha 26 de enero de 2012, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.