DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora. SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, toda vez que no motivó, ni fundamentó, ni objetivó, ni determinó su recurso en la audiencia oral y pública de apelación.
TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 10 de Diciembre del 2010, dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
No hay condenatoria en costas por cuanto no se constató a los autos si el demandante devengaba más de tres salarios mínimos, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentenci.....