DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE frente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por cuanto, se interpone una Acción de Amparo Sobrevenido ante este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, respecto a actuaciones u omisiones desplegadas por el Juez Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contenidas en la causa Nro. GP02-R-2012-000192; ya que, en la pretensión del presunto agraviado, se denuncia la violación a los derechos y garantías constitucionales contenidas en los artículos 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; Sala esta competente en relación con la materia a fin con el derecho o garantía constituci.....