Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora.
SEGUNDO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
TERCERO: MODIFICADA en cuanto a la motiva, la sentencia dictada en fecha 11 de Octubre de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
CUARTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos GABRIEL PAEZ y OTROS contra la empresa LA EDITORIAL UNO, C.A.