Vista el acta que antecede de fecha ocho (08) julio de 2.004, levantada con motivo de la Celebración de la Audiencia Oral y Pública de conformidad con lo previsto en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en la cual se evidencia que por una parte, el abogado LUIS TADEO MARCANO SUAREZ, venezolano, mayor de edad, abogado en el libre ejercicio de la profesión, inscrito ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 34.818, actuando en su condición de apoderado judicial de la empresa accionada RAFAY INGENIEROS, C.A. realiza un ofrecimiento de pagar la cantidad de Cincuenta millones de Bolívares (Bs. 50.000.000,00) a la parte demandada a los fines de dar por terminado el procedimiento; y que por otra parte, la abogada BETTY CONTRERAS DE HERRERA, inscrita ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 34.776, apoderada judicial del accionante, ciudadano: JOSÉ GREGORIO PAREDES, acepta en todas sus condiciones dicho ofrecimiento, celebrándose.....