DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, CONSORCIO G & O.
SEGUNDO: PARACIALMENTE CON LUGAR, la acción incoada por el ciudadano NESTOR MEDINA VELASQUES contra la sociedad de comercio “COSNORCIO G & O”.
TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha 01 de Febrero del 2011, y su aclaratoria de fecha 03 de febrero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Notifíquese mediante oficio de la presente sentencia al juzgado de la causa. Líbrese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGAD.....