Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por los ciudadanos Finlay Nodyear Álvarez y Eustacio Rafael Wettel, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 7.063.868 y 3.487.127, abogados en el libre ejercicio e inscritos ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 101.900 y 78.515, respectivamente.
SEGUNDO: SE REVOCA LA DECISIÓN emitida por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha quince (15) de junio del año dos mil cuatro, mediante la cual declaró: ¿La Cosa Juzgada en la presente causa con relación a los elementos considerados por el Juzgado Primero de esta Circunscripción .....