DECISION
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR la acción incoada por la ciudadana CARMEN LOURDES CEBALLOS CARRILLO contra "TURHOTEL", C.A.
En estos términos MODIFICADA la sentencia recurrida.
Se ordena experticia complementaria del fallo a los fines de que el experto que designen las partes y a falta de acuerdo por el Tribunal Ejecutor calcule:
¿ Los intereses sobre la prestación de antigüedad generada, deberán ser calculados a la Tasa Activa determinada por el Banco Central de Venezuela, tomando como referencia los seis (06) principales bancos comerciales y universales del país, según lo pautado en el artículo 108 l.....