Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Declara PRIMERO: CON LUGAR el recurso de hecho ejercido por la abogada FRANCIS ALFONZO MARIN , inscrita en el IPSA bajo el Nº 54.825, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte actora , ciudadano UVENCIO TORREALBA titular de la cèdula de identidad No. 8.512.360 SEGUNDO: REVOCAR el auto de fecha 22 de noviembre del 2016 que NEGÒ la apelación ejercida TERCERO: SE ORDENA al Juzgado Undécimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo De Esta Circunscripción Judicial OÍR LA APELACIÓN EN AMBOS EFECTOS. ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.
Notifíquese la presente decisión al Juzgado A Quo.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la p.....