Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de La Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación realizada por el ciudadano Iván Darío Hermosilla Vitale actuando como representante legal de la Sociedad de Comercio denominada Superenvases Envalic, C.A., ya identificados.
SEGUNDO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogada María Ojeda, en su condición de apoderada judicial del ciudadano Miguel Hernández Jaspe, parte accionante en el presente procedimiento, antes identificados.
TERCERO: CON LUGAR la defensa de Prescripción alegada por la parte demandada.
CUARTO: SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano Miguel Eduardo Hernández Jaspe, quien es venezolano, mayor de edad, civilmente hábil, de profesión Técnico Superior Universitario en Mecánica, titular de la cédula de identidad No. 12.523.591, y de est.....