Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, se declara INCOMPETENTE para conocer del presente recurso en razón de la materia, en consecuencia declina su competencia ante el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, del Transito y de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, a quien corresponda por su distribución.