DISPOSITIVA.
En virtud de lo anterior este Tribunal Segundo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR, la solicitud de aclaratoria formulada por la abogada Yalida Leguisamo, el cual esta inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 78392, en su carácter de parte actora. En consecuencia queda ACLARADA la Sentencia en los términos supra indicados, teniéndose esta SOLICITUD como parte integrante de la misma.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los 08 días del mes de Enero del año 2008. Años 197º de la Independencia y 148º de la Federación.
BERTHA FERNÁNDEZ DE MORA
Juez Superior .....