D E C I S I Ó N
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, 1°) HOMOLOGA el DESISTIMIENTO, pasándola en autoridad de cosa juzgada la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo esta Circunscripción Judicial ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que realice los trámites procesales correspondientes.
Notifíquese la presente decisión al Tribunal A-quo. Librese oficio.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE. DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los seis (06) días del mes de Junio del 2011. Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-