Por todos los razonamiento de hecho y de derecho que anteceden éste TRIBUNAL SUPERIO SEGÚNDO LA TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley :
HOMOLOGA la manifestación de DESISTIMIENTO presentada por la apoderada de la parte actora en nulidad METALURGICA CARBOBO S.A. en representación ciudadana abogada BEGDALIA BASTIDAS titular de la ce
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAdula de identidad No. V- 18.867.807 inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 168.629 Y ASI SE DECLARA.
Notifíquese a la parte recurrente de la presente decisión, igualmente notifíquese a la Procuraduría General de la República, acompañándose copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. En Valencia, a los tres (03) de Julio de 2017 Años 206°.....