DECISION
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte actora.
CON LUGAR falta de cualidad propuesta por la co-demandada SUPERFLEX, C.A.
SIN LUGAR LA DEMANDA en los términos en que ha quedado planteada.
SIN LUGAR el llamamiento de tercero efectuado por la empresa SUPERFLEX, C.A, el cual no forma parte de lo apelado.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial.
Se ordena notificar de la presente decisión al Tribunal A quo. Librese oficio.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción .....