Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano OSCAR NICOLÁS MEJIAS AVILAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 8.813.520, contra la sociedad de comercio ROASRIV TALLER INDUSTRIAL, C. A., originalmente constituida como Taller Roasriv S. R. L, anotada bajo el Nº 82 del Tomo 51-A, en fecha 22 de febrero de 1.978, por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, posteriormente transformada en compañía anónima bajo la denominación Roasriv Taller Industrial, C. A., con la abreviatura Roasriv, C. A., según consta en documento inscrito por ante el Registro Me.....