Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora.
Se CONFIRMA el auto recurrido de fecha 17 de julio de 2009.
No hay condenatoria en COSTAS dada la naturaleza del fallo proferido.