En orden a los razonamientos expuestos, éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, el recurso de hecho ejercido por la parte accionada, contra el auto de fecha 29 de septiembre de 2008, en virtud de la negativa del Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, de oír la apelación interpuesta contra la decisión de fecha 24 de septiembre de 2008, en el juicio que por calificación de despido, incoare la ciudadana AMELIA MOGOLLON, contra el MUNICIPIO VALENCIA DEL ESTADO CARABOBO.
Queda en estos términos CONFIRMADO el auto de fecha 29 de Septiembre de 2008, que niega la apelación ejercida contra decisión de fecha 24 de Septiembre de 2008.
No hay .....