ACLARATORIA DEL FALLO.
De todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal en uso de sus facultades de aclarar el dispositivo del fallo, en consecuencia en lo atinente a la realización de la experticia complementaria del fallo deberá leerse:
".................................Para la determinación del salario base de cálculo de los derechos anteriormente mencionados, se ordena experticia complementaria del fallo, en la cual el experto deberá servirse de los libros contables y nómina de la accionada, de las documentales que obren en autos, la cual se realizará mediante un solo experto nombrado de común acuerdo por las partes y a falta de acuerdo por el Tribunal y por cuanto no hay parte totalmente vencida, los costos o emolumentos que genere la realización de la experticia complementaria del fallo será sufragada por ambas partes y a los fines de facilitar la ejecución del fallo deberá la demandada pagar la totalidad de la experticia y la parte que corresponda al actor se deducirá d.....