Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION, ejercido por la parte actora, contra la sentencia de fecha 19 de enero del año 2007, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
Se condena al apelante a las costas de esta instancia.
Infórmese de esta decisión al Juzgado de Primera Instancia de Juicio de origen. Líbrese oficio.