¿ CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, y, en consecuencia,
¿ Ordena la REPOSICION DE LA CAUSA al estado procesal en que se fije -en forma expresa- la oportunidad para la realización de la audiencia preliminar, por ante el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Queda en estos términos REVOCADA la sentencia recurrida.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo.