Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1. Competente para conocer la presente acción de Amparo interpuesta por el ciudadano RAMIRO FERNANDO MOSCOSO LUNA, ecuatoriano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-81.197.927, actuando en su propio nombre y en su carácter de Director General de la sociedad de comercio VAPOR PARA LA INDUSTRIA C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de esta Circunscripción Judicial, el 12 de julio de 1995, bajo el Nº 29, Tomo 79-A, asistido por el abogado GUSTAVO BOADA CHACON, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 67.420, contra la sentencia dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 25 de septi.....