En orden a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, declara:
¿ SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por la parte accionada.
¿ PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano WALTER WILLIAM RAGA REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 11.649.432, contra la sociedad de comercio OPERADORA DE ALIMENTOS Y RESTAURANT OPARESCA C. A. inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, el día 22 de Septiembre de 1999, anotado bajo el N° 19, Tomo 80-A.
Queda en estos términos CONFIRMADA la sentencia recurrida.
¿ Se condena al apelante a las costas de esta instancia.