En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR, la pretensión incoada por el ciudadano DANIEL ESTEBAN GUERRERO PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 10.340.037, contra la sociedad de comercio MONTAJES INDUSTRIALES MONINDU, C. A, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, bajo el N° 2, Tomo 7-A, de fecha 23 de octubre de 1991, y condena a esta última a pagar:
1. Antigüedad de conformidad con lo previsto en el artículo 666 de la Ley Orgánica del Trabajo: Bs. 600.000,00.
2. Compensación por transferencia: Bs. 300.000,00.
3. Antigüedad acumulada de conformidad con lo previs.....