DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido por la parte Accionada, contra la sentencia de fecha 25 de junio del año 2004, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, queda en estos términos confirmada la sentencia recurrida. Se condena en Costa a la parte Apelante.
Se ordena remitir el presente expediente a la Unidad de Recepción de Distribución de Documentos del Régimen Procesal Transitorio a los fines de que distribuya el presente expediente a cualquiera de los Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio a quien corresponda.