DECISIÓN
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada.
PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano NICOLA D´ AMICO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 07.208.628, contra las sociedades de comercio UNICARNE C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 18 de Diciembre de 2001, bajo el N° 15, Tomo 67-A, y BENEFICIARIA INDUSTRIAL GUIGUE, C. A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en fecha 19 de Noviembre de 1985, bajo el N° 58, Tomo 12-B y condena a esta última a pagar los siguientes montos y conceptos:
1) Presta.....