DECISION
En orden a los razonamientos expuestos éste Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
SIN LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte intimante.
SIN LUGAR el procedimiento de estimación e intimación de honorarios profesionales, intentado por el abogado JUAN RAMON GONZALEZ SANCHEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 88.385, actuando en su propio nombre, contra el BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA, C .A.,
Se CONFIRMA la declaratoria SIN LUGAR del fallo recurrido por una motivación distinta a la acogida por el A-quo.
Se exime de COSTAS al apelante, en atención al criterio sostenido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia de fecha 18 de Febrero del 2004